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Tribunal Ambiental ordena a Comité de Ministros volver a sesionar por proyecto Dominga
El Primer Tribunal Ambiental de Chile emitió hoy una resolución en el caso del proyecto minero Dominga, propiedad de Andes Iron SpA, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) corregir aspectos de la resolución emitida por el Comité de Ministros, la cual había rechazado el proyecto basándose en causales no contempladas en el fallo anterior.
El tribunal acogió parcialmente la excepción de pago interpuesta por el SEA, reconociendo que el Comité de Ministros cumplió con algunas de las órdenes establecidas en la sentencia del 9 de diciembre de 2024. Sin embargo, el tribunal determinó que el Comité incumplió en aspectos clave al introducir dos nuevas causales de rechazo que no habían sido objeto de control en el fallo anterior: la exclusión injustificada de observaciones de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) sobre biodiversidad y flora, y la insuficiencia del Plan de Contingencias frente a posibles derrames de hidrocarburos.
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El Primer Tribunal Ambiental de Chile emitió hoy una resolución en el caso del proyecto minero Dominga, propiedad de Andes Iron SpA, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) corregir aspectos de la resolución emitida por el Comité de Ministros, la cual había rechazado el proyecto basándose en causales no contempladas en el fallo anterior.
El tribunal acogió parcialmente la excepción de pago interpuesta por el SEA, reconociendo que el Comité de Ministros cumplió con algunas de las órdenes establecidas en la sentencia del 9 de diciembre de 2024. Sin embargo, el tribunal determinó que el Comité incumplió en aspectos clave al introducir dos nuevas causales de rechazo que no habían sido objeto de control en el fallo anterior: la exclusión injustificada de observaciones de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) sobre biodiversidad y flora, y la insuficiencia del Plan de Contingencias frente a posibles derrames de hidrocarburos.
En consecuencia, el tribunal solicitó modificar la Resolución Exenta N° 20259910145/2025, anulando los considerandos 12, 13 y 15, así como los puntos 2, 6, 16, 17, 18 y 19 de su parte resolutiva. Además, ordenó dictar un acto complementario dentro de un plazo de 10 días, ajustándose a lo establecido en la resolución del tribunal.
¿Qué significa esto para el proyecto Dominga?
El proyecto Dominga, que incluye la construcción de una mina de hierro y un puerto en la zona de Totoralillo Norte, en la región de Coquimbo, ha sido objeto de intenso debate debido a su potencial impacto ambiental, especialmente en áreas marinas protegidas y especies en peligro. La resolución del tribunal no aprueba ni rechaza directamente el proyecto, sino que ordena corregir los aspectos de la resolución del Comité de Ministros que excedieron el mandato judicial.
Esto significa que el SEA deberá emitir un nuevo acto administrativo que se ajuste a lo dispuesto por el tribunal, sin incluir las causales de rechazo que no estaban contempladas en el fallo anterior. Este acto complementario será crucial para determinar el futuro del proyecto.
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