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Embargan subvención escolar de La Higuera por $176 millones para pagar deudas de municipalidad

Este martes 9 de julio, la administración del alcalde Yerko Galleguillos recibió un duro golpe. El Primer Juzgado de Letras de La Serena resolvió el embargo de los fondos correspondientes a la subvención estatal educacional que le corresponde al Departamento de Educación Municipal de la Ilustre Municipalidad de La Higuera, por un monto de $176.642.961.

En los últimos días, el alcalde de La Higuera había intentado transmitir tranquilidad a través de sus redes sociales, compartiendo fotos familiares y textos que insinuaban que “la tormenta” de acciones judiciales contra la municipalidad pronto llegaría a su fin. Además, su director de Control afirmó en el Concejo Municipal que las facturas en cobranza no estaban ingresadas a la contabilidad “oficial” de la municipalidad, y por tanto no habría riesgo para el patrimonio municipal, aunque asumió que había sentencias que estaban firmes.

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Este martes 9 de julio, la administración del alcalde Yerko Galleguillos recibió un duro golpe. El Primer Juzgado de Letras de La Serena resolvió el embargo de los fondos correspondientes a la subvención estatal educacional que le corresponde al Departamento de Educación Municipal de la Ilustre Municipalidad de La Higuera, por un monto de $176.642.961.

En los últimos días, el alcalde de La Higuera había intentado transmitir tranquilidad a través de sus redes sociales, compartiendo fotos familiares y textos que insinuaban que “la tormenta” de acciones judiciales contra la municipalidad pronto llegaría a su fin. Además, su director de Control afirmó en el Concejo Municipal que las facturas en cobranza no estaban ingresadas a la contabilidad “oficial” de la municipalidad, y por tanto no habría riesgo para el patrimonio municipal, aunque asumió que había sentencias que estaban firmes.

Sin embargo, la reciente resolución del Juzgado de Letras ha desvanecido las esperanzas de que todo está solucionado. La sentencia establece que “atendido el mérito de los antecedentes, que no existe norma que declare la inembargabilidad de las subvenciones educacionales, y con lo dispuesto en el artículo 15 del D.F.L. N°2, de 1996, del Ministerio de Educación como se pide, téngase presente los bienes señalados para la traba del embargo, correspondientes a los dineros que por concepto de subvención estatal educacional”. El mencionado artículo 15 indica que “la subvención sólo podrá ser pagada a los sostenedores o sus representantes legales, salvo en el caso de medidas judiciales”.

Adicionalmente, la resolución señala que el embargo adoptado será practicado por un receptor judicial particular, notificándose a doña Cecilia Ramírez Chávez, en su calidad de Secretaria Regional Ministerial de Educación Región de Coquimbo, con domicilio en Pedro Pablo Muñoz N°664, La Serena.

La causa C-674-2023 fue iniciada por la empresa de factoring Simpli S.A. para el cobro de la factura N° 597 cedida por el proveedor Rubén Berrios Ávila, por un monto de $176.642.961. Esta factura corresponde al estado de pago N° 13 de las obras de urbanización básica Punta Colorada. El asesor jurídico de la municipalidad, Iván Olavarría, denunció que dicha factura no coincide con el estado de pago indicado ni con el monto correspondiente, tratándose de una doble facturación. La factura y el estado de pago real fueron cursados al Gobierno Regional mediante el ordinario de la Municipalidad de La Higuera N° 444 el 4 de julio de 2022, con la factura N° 596 por $71.281.868.

Sentencia que ordena el embargo de la subvención escolar a la Municipalidad de La Higuera

Según información obtenida por Red Comunales, otras empresas de factoring también recurrirán a esta medida para que el municipio salde sus deudas, lo que significará un mayor desfinanciamiento para la educación de la comuna de La Higuera.

¿Pueden embargar los dineros de la subvención escolar a los municipios?

Sí, los dineros de la subvención escolar pueden ser embargados a los municipios. Esto se debe a que el Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 15, inciso segundo, del DFL N° 2, de Educación, de 1996, que establece que la subvención sólo podrá ser pagada a los sostenedores o sus representantes legales, salvo en el caso de medidas judiciales.

La resolución del Tribunal Constitucional enfatiza que los fondos de la subvención escolar, aunque están destinados a fines educacionales específicos, ingresan al patrimonio de los sostenedores y pueden ser sujetos de embargo en caso de medidas judiciales. Esta interpretación se alinea con la jurisprudencia de la Corte Suprema y decisiones de la Contraloría General de la República, que consideran la subvención como una transferencia en dominio a fondo perdido, destinada a fines públicos, pero que puede ser embargada como parte del derecho de prenda general de los acreedores.

En el caso de la Municipalidad de La Higuera, la resolución del Primer Juzgado de Letras de La Serena que ordena el embargo de los fondos de la subvención escolar para pagar una deuda se fundamenta en esta interpretación legal, indicando que no existe norma que declare la inembargabilidad de dichas subvenciones educacionales. Por tanto, conforme a la normativa vigente y la interpretación del Tribunal Constitucional, los dineros de la subvención escolar pueden ser embargados a los municipios para el pago de deudas judiciales.

Caso similar: Embargo de subvención escolar de Municipio de Coronel

En el 2022, se ordenó el embargo de la subvención escolar que recibe la Municipalidad de Coronel, debido al incumplimiento de un fallo del Juzgado del Trabajo. La justicia condenó a la corporación edilicia al pago de casi 15 millones de pesos como indemnización a Evelyn Arratia Sanhueza, una psicóloga despedida por motivos políticos.

El Juzgado de Cobranza ofició al tribunal laboral para incautar los fondos que la Seremi de Educación del Bío Bío entrega mensualmente a la Daem de Coronel, con el fin de obligar al cumplimiento de la sentencia. El fallo, de marzo de 2022, estableció que la desvinculación fue motivada por ser la profesional esposa de Gonzalo Osorio, el contrincante del jefe comunal Boris Chamorro en las elecciones para la alcaldía de Coronel.

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